Cómo pagar menos en la declaración de la renta legalmente

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Cada año, cuando llega la campaña de la renta, muchas personas presentan su declaración sin revisar si están pagando más de lo que deberían. No se trata de hacer trampas ni de buscar atajos dudosos: la propia normativa fiscal española ofrece un buen número de deducciones, reducciones y estrategias perfectamente legales que, bien aplicadas, pueden reducir significativamente tu factura con Hacienda. El problema es que muchas de ellas se desconocen o se aplican mal.

En este artículo repasamos las principales palancas legales que tienes a tu disposición. Algunas requieren planificación previa; otras, simplemente, que no te olvides de marcarlas cuando rellenes el borrador.

Primero lo primero: revisa siempre el borrador

La Agencia Tributaria genera automáticamente un borrador con los datos que tiene de ti. Pero ese borrador no siempre está completo. Hacienda no sabe, por ejemplo, si tienes hijos con discapacidad, si has realizado donativos, si estás pagando una hipoteca anterior a 2013 o si has tenido gastos deducibles que no están registrados. Confirmar el borrador sin revisarlo puede costarte cientos de euros.

Dedica tiempo a leerlo con calma. Si tienes dudas, la propia Agencia Tributaria ofrece cita previa para que un funcionario te ayude a revisar tu situación. Es un servicio gratuito y muy útil, especialmente si tu situación fiscal es algo compleja.

Deducciones estatales que no debes pasar por alto

Aportaciones a planes de pensiones y sistemas de previsión social

Las aportaciones a planes de pensiones individuales reducen directamente la base imponible general, lo que significa que pagas impuestos sobre una renta menor. El límite actual es el menor entre 1.500 euros anuales o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. Si tu empresa también aporta a un plan de empresa, ese límite puede ampliarse hasta los 8.500 euros.

No es el producto milagro que era hace años, pero sigue siendo una herramienta válida, especialmente si tu tipo marginal es elevado. Eso sí, ten en cuenta que cuando rescates el plan, tributarás por ese dinero, así que hay que valorarlo a largo plazo.

Deducción por maternidad y deducciones familiares

Si tienes hijos menores de tres años y trabajas fuera de casa, puedes beneficiarte de la deducción por maternidad, de hasta 1.200 euros anuales por hijo (y hasta 1.000 euros adicionales si el menor está en guardería). Muchas madres trabajadoras no la solicitan porque no saben que existe o porque no la ven reflejada en el borrador.

Además, existen otras deducciones familiares que conviene revisar:

  • Deducción por familia numerosa: entre 1.200 y 2.400 euros según la categoría.
  • Deducción por ascendientes o descendientes con discapacidad: hasta 1.200 euros por persona.
  • Deducción por cónyuge con discapacidad no trabajador: 1.200 euros anuales.

Donativos a ONG y entidades reconocidas

Si realizas donaciones a entidades acogidas a la Ley de Mecenazgo, tienes derecho a una deducción en cuota. Los primeros 150 euros donan una deducción del 80%, y el resto tributa al 40% (o al 45% si llevas más de dos años donando a la misma entidad). Es una de las deducciones más generosas del sistema y, sin embargo, muchas personas no guardan el justificante o simplemente no saben que existe.

Deducciones autonómicas: el gran olvidado

Aquí está uno de los filones más infrautilizados. Cada comunidad autónoma tiene sus propias deducciones, que se aplican sobre la parte autonómica del impuesto. Algunas son muy relevantes. Por ejemplo:

  • Deducción por alquiler de vivienda habitual para arrendatarios (varía mucho por comunidad).
  • Deducción por gastos educativos (libros, material escolar, idiomas, actividades extraescolares).
  • Ayudas al nacimiento o adopción.
  • Deducciones por inversión en empresas de nueva creación o por adquisición de vivienda en zonas despobladas.
  • Deducción por cuidado de personas mayores o dependientes.

Consulta en la web de la Agencia Tributaria de tu comunidad cuáles están vigentes. Muchas tienen requisitos de renta máxima, así que es importante verificar si cumples las condiciones.

La hipoteca anterior a 2013: sigue siendo deducible

Si compraste tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y tenías ya el préstamo hipotecario en esa fecha, sigues teniendo derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual. Puedes deducirte el 15% de lo pagado durante el año (capital e intereses), sobre un máximo de 9.040 euros. Eso supone hasta 1.356 euros de ahorro fiscal al año.

Esta deducción desapareció para quienes compraron después de esa fecha, pero los que la tienen consolidada deben asegurarse de que aparece correctamente en su declaración, ya que a veces el borrador no la incluye automáticamente si no consta bien el año de adquisición.

Rendimientos del trabajo: gastos deducibles que se olvidan

En la declaración de la renta puedes deducir ciertos gastos vinculados a tu actividad laboral que no siempre se tienen en cuenta:

  1. Cuotas sindicales: si estás afiliado a un sindicato, esas cuotas son deducibles como gasto del trabajo.
  2. Cuotas a colegios profesionales: si la colegiación es obligatoria para ejercer tu profesión.
  3. Gastos de defensa jurídica en litigios con el empleador: hasta 300 euros anuales.

Son cantidades pequeñas, pero si no las incluyes, estás dejando dinero sobre la mesa.

Ganancias y pérdidas patrimoniales: compensa lo que puedas

Si has vendido acciones, fondos de inversión u otros activos durante el año, es importante que revises si también has tenido pérdidas. Las pérdidas patrimoniales pueden compensar las ganancias, reduciendo la base del ahorro sobre la que tributas.

Incluso si en un año tienes más pérdidas que g

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